Quien paga las reparaciones en un local de alquiler
Uno de los grandes quebraderos de cabeza a la hora de alquilar una vivienda es quién debe asumir ciertos gastos, en un post anterior te contamos quien paga el IBI en un alquiler. Hoy te resolvemos otra gran duda en el mundo del alquiler de viviendas, quien paga las reparaciones en un local de alquiler.
Reparaciones en la vivienda
- El propietario es responsable de la habitabilidad de la vivienda.
- El inquilino debe hacerse cargo de los desperfectos fruto del mal uso de la vivienda y su contenido.
Este punto queda claro en la Ley de Arrendamientos Urbanos, Capítulo IV, Artículo 21.1:
“El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.”
Por lo tanto, en cuanto a quien paga las reparaciones en un local de alquiler la respuesta es clara. Será el propietario siempre que el desperfecto no sea fruto del mal uso de la misma.
Entonces, ¿qué paga cada uno?
Como hemos dicho el inquilino, o arrendatario, paga todo aquello que se deteriore por su uso:
- Arreglo de persianas, cambio de bombillas, lámparas, arreglar la cadena del baño, problemas eléctricos por sobrecarga de red, reponer utensilios de vajilla en el caso de mal uso.
Y el propietario, o arrendador, todo aquello que tiene que ver con el buen estado de la vivienda, para que esté en buenas condiciones de habitabilidad:
- Averías de electrodomésticos -salvo por mal uso o daño intencionado-, conservar techos, paredes y suelo, instalaciones de agua y desagüe, acabar con plagas.
Si aún no te ha quedado claro quien paga las reparaciones en un local de alquiler déjanos un comentario con tus dudas y te las resolveremos.
Sinolen
26/04/2019 en 14:47
Hola! Hemos alquilado un restaurante y se ha estropeado una cámara frigorífica. El seguro nos da un plazo de 72h para resolver si cubre el daño y el propietario dice que no se hace cargo de la avería. Estamos hablando de un mínimo de 600e de avería y que en ningún momento se ha hecho mal uso del mismo. ¿Qué debemos hacer?
Alberto Calvo Orosa
29/04/2019 en 20:25
En el caso que nos habéis expuesto, estamos ante un importe que excede el coste de una reparación menor y debería corresponder al arrendador, pero por otro lado estamos ante una avería de un electrodoméstico por el uso ordinario del mismo que corresponde al arrendatario, por lo que y a falta del dato del tiempo que llevan como arrendatarios, lo lógico sería que cada uno asumiera el 50% del coste de la reparación.
Juanma
16/07/2019 en 23:17
Qué se entiende por reparación menor?
Precio?
Alberto Calvo Orosa
04/09/2019 en 09:48
Por reparación menor se entiende todo aquello que se deteriore por el uso y el paso del tiempo (grifos, cisterna, enchufes, electrodomésticos que tengan reparación, etc…)
La ley no dice nada en cuanto a los importes, pero la jurisprudencia viene tasando que todas aquellas reparaciones inferiores a los 200 euros le corresponden al inquilino.
Nuria
22/07/2019 en 19:47
Hola. Tengo un local (cafetería) alquilado, hace poco más de 1 año, hoy se me ha averiado la persiana de acceso, y no podía entrar, al final manualmente he abierto, pero tiene una reparación importante y ahora no se puede bajar la persiana, con el riesgo que puedan romper el cristal para robar. A quien le pertenece pagar la reparación? El dueño se niega. Qué hago?
Alberto Calvo Orosa
04/09/2019 en 09:52
Depende de lo que figure en el contrato de arrendamiento, normalmente pasado el año le correspondería al inquilino, al tratarse de reparación importante lo lógico sería que cada uno pagase el 50% de su coste, si no se llega a un acuerdo habría que ir vía judicial y que decida el Juez.